¿QUÉ DERECHOS PARA LOS ANIMALES?

LOS QUE LES BENEFICIAN. Fundamentalmente, dos: a la integridad (física y psíquica) y a la vida. Mejor si denominamos a estos «derechos básicos», por ser comunes a todos los seres sensibles, sean de la especie que sean, además por ser los más preciados por sus propietarios. (En caso de duda, siempre podemos hacer un sondeo rápido entre nuestros allegados).  Los demás serían algo así como «derechos secundarios», precisamente por no ser tan cruciales como sus `hermanos mayores`.

TENGAMOS EN CUENTA que el daño resulta tan “indeseable” para unos como para otros, por lo que al menos –y a falta de las mediciones oportunas– convendrá establecer prohibiciones genéricas, como la agresión gratuita. 

 

 

 

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