SE REPITE EL JUICIO POR DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD CONTRA NUESTRO PORTAVOZ

Nuestro portavoz será juzgado [y con toda probabilidad condenado] este próximo miércoles en los juzgados de Amurrio (Araba), dando cumplimiento a la orden dictada en su día por la Audiencia Provincial de Álava, alegando un defecto de forma en la citación del acusado. El juicio tendrá lugar este miércoles 9 de noviembre a las 9:15 horas en la Sala de Vistas nº 1 de los juzgados de Amurrio.

Los hechos que se juzgan tuvieron lugar el pasado 10 de marzo, jueves, mientras cuatro personas (tres de la asociación protectora APASOS Vitoria y una de ATEA) giraban visita a un perro que se encontraba permanentemente atado y que padecía una extrema delgadez, en la localidad alavesa de Izoria (Valle de Ayala). Los animalistas fueron acompañados por una pareja de agentes de la Ertzaintza adscritos a la comisaría de Llodio (donde momentos antes había sido interpuesta una denuncia contra el propietario del animal), quienes desde el primer momento mostraron una actitud por completo inapropiada ante unos ciudadanos que no deseaban sino el cumplimiento de la normativa proteccionista vigente (el Código Penal en este caso concreto), para con ello rescatar a un ser inocente de una situación en extremo lesiva. Recordemos que el animal desapareció del lugar a los pocos días, sin que conozcamos su paradero ni tengamos conocimiento de que la policía actuara de oficio.

Si no deseas que noticias como estas sigan produciéndose, pincha AQUÍ. Con ser escandaloso el comportamiento policial (en su día se dio buena cuenta de los detalles, que volverán a ser hechos públicos si los medios de comunicación así lo solicitan), quizá lo más indecoroso de toda esta historia es que quien se encarga de impartir justicia, ante un texto que demuestra bien a las claras que nuestro portavoz no desobedeció la orden de alejamiento, dicta sentencia condenatoria afirmando justamente lo contrario. Preguntar varias veces al agente que ordena el retiro de un lugar dado en qué dirección debe efectuarse el alejamiento –para de hecho así hacerlo en cuanto se recibe la información requerida–, lejos de suponer un acto de desobediencia, demuestra el deseo de acatar la orden en todo su rigor. Es tan evidente como parece. Y para llegar a tan elemental conclusión no se necesita ser ni fiscal, ni juez, ni profesor de derecho penal, ni abogado: lo único que hace falta es saber interpretar correctamente el texto. Nada más. Pero la presunción de veracidad que en esta sociedad tiene todo agente uniformado supone en la práctica una verdadera espada de Damocles sobre la cabeza de la sociedad civil en pleno, como demuestra el caso que nos ocupa. No importa la declaración del propio policía, ni importa que así se refleje en el texto de la sentencia. Al parecer, lo único que de verdad importa es aplicar un escarmiento a quien se sale del redil, más si los hechos tienen relación con un tema todavía políticamente incorrecto, cual es la defensa de los animales.

Visto el escenario y la experiencia previa, y ante la cierta posibilidad de que la persona encargada de dirigir la vista sea la misma, ATEA no alberga demasiadas esperanzas de que su portavoz sea absuelto, y hasta contempla seriamente la posibilidad de que la cuantía de la multa sea esta vez incrementada con respecto a la vez anterior.


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